Corp Banca conociendo y entendiendo la necesidad del cliente de disponer de su dinero en cualquier lugar, a cualquier hora y con la más completa aceptación. Le ofrece la Cuenta Corriente Corp Banca, con la que esta conectado con todas las ventajas de nuestros servicios. Con la Cuenta Corriente Corp Banca el cliente tiene completa disponibilidad de su dinero y él poder movilizar sus fondos con tan sólo firmar un cheque.
Características y Ventajas:
- Permite utilizar el resto de la extensa gama de productos y servicios del banco, tales como: compra y venta de divisas, inversiones, obtener créditos, importaciones, pagos de nómina, pagos de impuesto, seguro social, entre otros.
- Información detallada de saldos y movimientos a través de su estado de cuenta mensual.
- Los fondos depositados en la cuenta corriente están amparados por el Fondo de Garantías de Depósitos y Protección Bancaria FOGADE, por el monto y los términos señalados en la normativa legal vigente.
- Se moviliza a través de chequeras de 50 Cheques para Personas Jurídicas.
- Respaldo de atención en las agencias de Corp Banca a nivel nacional.
- Disponibilidad de su dinero sin necesidad de llevar efectivo.
- Aceptación en todos los establecimientos comerciales a nivel nacional.
- Acceso a los servicios electrónicos gratuitos de Corp Banca @ Distancia, con los cuales podrá revisar su cuenta y realizar todas las transacciones que desee a través de Corp Line (, Centro de Atención Telefónica: (0212-206.00.00
Recaudos para la Apertura:
Para realizar este proceso debe entregar los siguientes documentos ante la agencia comercial de su preferencia:
Personas Jurídicas Venezolanas
Requisitos generales:
- Copia del Acta Constitutiva y Estatutos sociales vigentes, debidamente publicados (Código de Comercio, art. 212)
- Copia del Acta de Asamblea donde se designa la Junta Directiva actualizada, así como las modificaciones necesarias para manejar y movilizar la cuenta
- RIF de la empresa
- Copia de la Cédula deIdentidad o en su defecto pasaporte original vigente de los autorizados o representantes de la empresa
- Poder Notariado o Carta de Autorización (para los casos en que presentare una persona distinta a los autorizados por la Junta Directiva).
- Una referencia bancaria en original, estado de cuenta del mes anterior o corte de cuenta actualizado.
Requisitos específicos para:
Nación y Entidades Públicas
Resolución donde se indique la constitución o creación de las entidades no territoriales y quienes ejercen la administración o representación y sus facultades.
Designación o nombramientos de aquellos representantes del organismo.
Las Iglesias
Se reconoce la personalidad jurídica de las Iglesias de cualquier credo, para actos de la vida civil.
Deberá presentar documento registrado de la creación de la Persona Jurídica en cuestión y de la designación de sus representantes con sus facultades respectivas.
Sociedades Civiles
Acta Constitutiva y Estatutos sociales debidamente registrados en la Oficina Subalterna del Registro Público.
Fundaciones
Presentar el documento registrado de su creación.
Asociaciones
Acta constitutiva y estatutos sociales debidamente registrados en la Oficina Subalterna del Registro Público.
Copia de las actas de asambleas donde consten los nombramientos de los miembros del Consejo de Administración vigente.
Personas Jurídicas Extranjeras
Requisitos generales:
-RIF de la empresa
-Copia de la Cédula de Identidad laminada o en su defecto pasaporte original vigente de los autorizados o representantes de la empresa
-Una referencia bancaria en original, estado de cuenta del mes anterior o corte de cuenta actualizado.
Requisitos específicos para:
Compañías o Sociedades Extranjeras (C.A y S.R.L).
Documento Constitutivo Estatutario y demás documentos necesarios para la Constitución de la Compañía,
Conforme a las leyes de su nacionalidad, debidamente legalizadas en el Consulado de Venezuela en el país de origen y registradas por ante el Registro Mercantil del lugar donde funciona y publicadas en un periódico del lugar y nombramiento de los Administradores vigentes.
Toda la documentación deberá estar traducida al Castellano por un intérprete público. La misma debe tener un representante, persona natural domiciliado en Venezuela.
Sociedades en nombre Colectivo o Comandita Simple Nacionales y Extranjeras (Sociedad de Personas)
Extracto del contrato Social inscrito por ante el Registro de Comercio de la Jurisdicción y su publicación.
Nombramientos vigentes de los Administradores legalizados y registrados.
Los documentos deberán estar traducidos al idioma Castellano por un intérprete público.
Para mayor información, venga a cualquiera de nuestras Agencias o contáctenos
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