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Personas / Créditos - Ley de Política Habitacional

Normativa de carácter social que busca la participación conjunta de los sectores privado y público para enfrentar la crisis habitacional del país. El Banco presta servicios de afiliación, recaudación y reintegro para las Personas Jurídicas y Voluntarios, además de otorgar Créditos Hipotecarios con recursos provenientes del Ahorro Habitacional, para adquisición, construcción y remodelación de inmuebles.

Ventajas/Beneficios:

- Tasa social.
- Plazo de Financiamiento hasta 20 años.
- Inicial del 30%.
- El menor tiempo para la aprobación de su crédito.
- Cuotas mensuales y consecutivas (la cuota debe ser como máximo el 20% del ingreso familiar).

Requisitos

- No poseer vivienda propia.
- Todo solicitante de un crédito deberá participar en el ahorro habitacional por todo el tiempo en que estuviera en vigencia el préstamo, y para optar a un crédito deberá tener como mínimo un periodo de un (1) año cotizando.
- Ser ahorrista activo del Fondo Mutual Habitacional.
- El ingreso del grupo familiar no debe ser superior a 150 U.T mensual para optar al financiamiento máximo establecido por la Ley.
- Ser venezolano; si es extranjero debe tener más de cinco años residenciados en el país, a tal efecto se le exigirá la presentación del documento que expide la Dirección de Identificación y Extranjería (DIEX).
- La Opción de Compra deberá tener como mínimo un plazo de 90 días.
- Que el lugar de trabajo este acorde con la ubicación del inmueble, en caso contrario, presentar constancia de traslado emitida por la empresa.
- Fotocopia del Nº de Rif de los compradores y los vendedores.

Recaudos:

1. Fotocopia de las cédulas de identidad legibles de los compradores y vendedores, al igual de los cónyuges, cuando corresponda.
2. Cuando en la cédula de identidad aparezca un estado civil contrario al actual favor anexar a la documentación (Acta de matrimonio, sentencia de divorcio ó Acta de defunción).
3. Constancia de trabajo en original actualizada, indicando sueldo básico mensual, cargo y antigüedad, firmada y sellada por la empresa.
4. Si posee ingresos adicionales, éstos nunca podrán ser superiores al de la empresa donde cotiza la política habitacional y deberá estar emitida por un Contador Público Colegiado con los soportes que originan este ingreso, en original.
5. Original y copia de los recibos de los tres (3) últimos meses si los ingresos son fijos; en caso contrario, los recibos de los últimos seis (6) meses.
6. Dos (2) referencias bancarias (anexar estados de cuenta, o fotocopia de la libreta, de los últimos tres meses si los ingresos son fijos; en caso contrario anexar los últimos seis meses).
7. Dos (2) referencias comerciales.
8. Dos (2) referencias personales, indicando el Nº telefónico laboral y dirección completa.
9. Aperturar una cuenta de ahorros en cualquier agencia de Corp Banca, C.A., por el 1% del monto a solicitar.
10. Balance personal actualizado, certificado y firmado por un Contador Público Colegiado y firmado por los solicitantes, en original.
11. Declaración jurada de no poseer vivienda debidamente notariada y en original.
12. Constancia de Ahorro Habitacional emitida por el Banco donde la empresa realiza el aporte mensual y Estado de Cuenta de los aportes con el sello húmedo de la Institución.
13. Documento de opción de compra debidamente notariado y en original.
14. Fotos del inmueble (vista interior y exterior), indispensable.

Cuando los inmuebles sean ventas secundarias adicionalmente, anexar:

1. Copia del documento de propiedad legible del inmueble objeto de la solicitud.
2. Copia legible del documento de cancelación de hipoteca, debidamente registrado o borrador de liberación cuando el inmueble se encuentre hipotecado.
3. Copia del documento de condominio cuando el inmueble sea un apartamento y de parcelamiento cuando sea una casa.
4. Fotocopia de la Cédula o Ficha Catastral del inmueble objeto de la solicitud.
5. Certificación de Gravámenes en original.
6. Cuando el inmueble pertenezca al I.N.A.V.I. la liberación de la Cláusula Opcional, para poder vender a terceros.
7. Si el inmueble es propiedad de los integrantes de una sucesión, presentar planilla de declaración sucesoral y planilla de liquidación de derechos sucesorales

Cuando los inmuebles sean ventas primarias adicionalmente, anexar:

1. Copia certificada del Acta de Asamblea o Junta Directiva donde autorizan la venta del inmueble cuando corresponda.
2. Publicación del Registro de Comercio y modificaciones (si las hubiere) de los Estatutos señalando el plazo y duración de la compañía vigente.
3. Documento de poder del vendedor cuando corresponda.

Para mayor información, venga a cualquiera de nuestras Agencias o contáctenos